Aprobado el nuevo texto oficial por R.D 557/2011 del 20 de Abril por el que se aprueba el Reglamento de la L.O 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su Integración Social, tras su reforma por la L.O 2/ 2009. Como novedades se pueden introducir varios ejemplos como la aparición de una nueva figura jurídica como el arraigo familiar, cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo. El nuevo Reglamento contempla que, a las víctimas extranjeras de violencia de género que se encuentren en situación irregular en España y que denuncien a su agresor, no se les incoará un expediente de expulsión hasta que no se dicte sentencia. En cambio, si finalmente la denuncia resultase desfavorable para la denunciante tras la resolución de un juez, se iniciaría el trámite de expulsión.
lunes, 16 de mayo de 2011
APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERIA CON IMPORTANTES NOVEDADES
Aprobado el nuevo texto oficial por R.D 557/2011 del 20 de Abril por el que se aprueba el Reglamento de la L.O 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su Integración Social, tras su reforma por la L.O 2/ 2009. Como novedades se pueden introducir varios ejemplos como la aparición de una nueva figura jurídica como el arraigo familiar, cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo. El nuevo Reglamento contempla que, a las víctimas extranjeras de violencia de género que se encuentren en situación irregular en España y que denuncien a su agresor, no se les incoará un expediente de expulsión hasta que no se dicte sentencia. En cambio, si finalmente la denuncia resultase desfavorable para la denunciante tras la resolución de un juez, se iniciaría el trámite de expulsión.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Te agradecemos tus comentarios